Ahora que
tan en boga está hablar de le Constitución del 78 y de las primeras elecciones que la hicieron posible creo que es momento de aclarar
algunas cosas que muestran hasta que punto no todo fue como se nos pretende
hacer creer y que ponen de manifiesto su ilegalidad.
Dentro de la
traición y mentira que fue la tan alabada transición nos encontramos con que la
Constitución aprobada en 1978 fue fruto
de un gran engaño, de una mentira que conculcaba toda legalidad, y es que fue elaborada y aprobada por personas que se
abrogaron unas potestades de las que
carecían, puesto que una Constitución tan solo puede ser redactada y aprobada
por aquellos que hayan sido elegidos para tal menester mediante elecciones
mediante una elección a Cortes constituyentes, y no sólo generales. Los
miembros de las Cortes que “dieron a luz” la referida Constitución del 78 no
estaban facultados para ello puesto que fueron elegidos mediante unas
elecciones generales a Cortes y no a través de unas elecciones a Cortes
constituyentes, que les habrían facultado para ese menester.
Y para que no quede la menor duda de la veracidad de lo que afirmo ahora se reproduce el texto íntegro de la convocatoria de las elecciones que dieron lugar a los miembros de las Cortes que redactaron y aprobaron la Constitución del 78.
Y para que no quede la menor duda de la veracidad de lo que afirmo ahora se reproduce el texto íntegro de la convocatoria de las elecciones que dieron lugar a los miembros de las Cortes que redactaron y aprobaron la Constitución del 78.
Real Decreto
679/1977 de 4 de abril por el que se convocan elecciones GENERALES a las
Cortes españolas.
"Acordada por
las Cortes Españolas la Ley de Reforma Política en su sesión plenaria de 18 de
noviembre de1976, sometido su texto a referéndum el 15 de diciembre del mismo
año, promulgada en 4 de 1977, y publicado el Real Decreto Ley 20/1977 de 18 de
marzo sobre normas electorales para regular las elecciones al Congreso de
Diputados y al Senado que han de constituir las Cortes Españolas en
cumplimiento en cuanto se dispone en el artículo 28 del citado Real
Decreto-Ley.
En su virtud
a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 15 de abril de 1977 dispongo:
Artículo
único: Se convocarán elecciones generales para la constitución del Congreso de
los diputados y del Senado de las Cortes Españolas. Las votaciones se
celebrarán el día 15 de junio de 1977, con sujeción a cuanto se establece en el
Real Decreto-Ley 20/1977 de 18 de marzo, sobre las normas electorales.
Dado en Madrid
a 15 de abril de 1977- Juan Carlos I- El Presidente del Gobierno Adolfo Suarez
González."
Los
denominados “padres de la Constitución” y aquellos que posteriormente la aprobaron
carecían de potestad legal para hacerlo.
Luego menos
alabar a un documento carente de base legal.
Y ahora que tanto se la ensalza es fundamental que esta Constitución es ilegal en su
formulación y desastrosa en sus resultados.
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