jueves, 20 de octubre de 2016

LA CONSTITUCIÓN DEL 78, UNA CONSTITUCIÓN ILEGAL.



                                                                                     


Dentro de la gran traición y mentira que fue la tan alabada transición nos  encontramos con que la Constitución aprobada el año 1978 fue fruto de un gran engaño,  una mentira que conculcaba la legalidad, puesto que fue elaborada y aprobada por personas que se abrogaron  unas potestades de las que carecían ya que una Constitución tan solo puede ser redactada y aprobada por aquellos que hayan sido elegidos para tal menester mediante una elección a Cortes constituyentes y no sólo a Cortes generales . Los miembros de las Cortes que “dieron a luz” la susodicha Constitución del 78 no estaban facultados para ello puesto que fueron elegidos mediante unas elecciones generales a Cortes y no a través de unas elecciones constituyentes que si les habrían facultado para tal fin. Y para que no quede la más mínima  duda con respecto a lo que antes hemos señalado reproducimos el texto íntegro de la convocatoria de las elecciones que dieron lugar a los miembros de las Cortes que redactaron y aprobaron la Constitución del 78.
“Real Decreto 679/1977 de 14 de Abril,  por el que se convocan elecciones generales a las Corte Españolas:
Acordada por las Cortes Españolas la Ley de Reforma Política en su sesión plenaria del 18 de Noviembre de 1976, sometido su texto a referéndum el 15 de Diciembre  del mismo año, promulgada en 4 de Enero del mismo año, promulgada en 4 de Enero de 1977, y publicado el Real Decreto Ley 20/1977 de 18 de Marzo, sobre normas electorales para regular las elecciones al Congreso de Diputados y al Senado que han de constituir las Cortes Españolas, en cumplimiento en cuanto se dispone el artículo 28 del citado Real Decreto-Ley. En su virtud a propuesta del Presidente del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de Abril de 1977 dispongo:
Artículo único: Se convocarán elecciones generales para la constitución del Congreso de los diputados y del Senado, de las Cortes Españolas. Las votaciones se celebrarán el día 15 de Junio de 1977, con sujeción a cuanto se establece en el Real Decreto-Ley 20/1977 de 18 de Marzo, sobre normas electorales.

Dado en Madrid a 15 de Abril de 1977.-Juan Carlos I- El Presidente del Gobierno : Adolfo Suarez González”. 

                                                                              
              

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